Dt 2 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»D.T. 2ª. Régimen transitorio del desarrollo reglamentario de la Ley 12/2008
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Mientras no se realice la adaptación del desarrollo reglamentario, previsto en la disposición final primera de la presente ley, quedan vigentes todas las disposiciones reglamentarias dictadas para el desarrollo de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, en todo lo que no se oponga a la presente ley.
