Dt 2 TR. de las Disposiciones Legales de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado
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»D.T. 2ª. Tipo impositivo aplicable a las adquisiciones de vehículos usados por empresarios para su reventa
Vigente
Se aplicará un tipo impositivo del 0,5 por 100 en la modalidad de "Transmisiones Patrimoniales Onerosas" a las transmisiones de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera cuando dichos vehículos hubieran sido adquiridos en 2008 y 2009 con derecho a la exención provisional regulada en el artículo 45.I.B.17º del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y no pueda elevarse a definitiva dicha exención.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-10-2010 en vigor desde 26-10-2010