Dt 2 Turismo de Cataluña
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D.T. 2ª. Procedimientos sancionadores.

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El régimen sancionador regulado por el título VI se aplica a la tramitación y la resolución de los procedimientos sancionadores que se inicien después de la entrada en vigor de la presente Ley.

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  • Texto Original. Publicado el 03-07-2002 en vigor desde 03-01-2003