Dt 2 Uso estratégico de la contratación pública
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Dt 2 Uso estratégico de la contratación pública

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D.T. 2ª. Operatividad de la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

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1. En tanto no se encuentre plenamente operativa la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón, las actuaciones previstas mediante el uso de sus funcionalidades y de los instrumentos electrónicos de apoyo a la contratación pública alojados en la misma se realizarán a través de la Plataforma de Contratos del Sector Público.

2. Los órganos de contratación del sector público autonómico que dispongan de un gestor de expedientes de contratación pública en el momento de entrada en vigor de esta ley, podrán seguir utilizándolo mediante la formalización del correspondiente convenio, siempre que garantice las obligaciones de publicidad establecidas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023