Dt 20 TR de la ley de urbanismo
Dt 20 TR de la ley de urbanismo

Dt 20 TR. de la ley de urbanismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 20ª. Equipamientos de alojamiento dotacional de iniciativa privada.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Al efecto que establece el artículo 34.5 ter.b), mientras el planeamiento urbanístico general no determine los ámbitos en que se pueden situar los equipamientos de alojamiento dotacional de iniciativa privada, los particulares pueden promover un equipamiento de alojamiento dotacional en terrenos calificados de sistema urbanístico de equipamientos comunitarios siempre que se cumpla el resto de requisitos que se establecen y que, en el plan especial urbanístico que desarrolle el equipamiento, se justifique la idoneidad de la propuesta con relación a las reservas de suelo disponibles en el barrio para la implantación de nuevos equipamientos comunitarios y a la existencia de otros alojamientos dotacionales en el mismo ámbito.

Modificaciones