Dt 21 Imp sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-
Dt 21 Imp sobre la Renta ...cas -IRPF-

Dt 21 Imp. sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-

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D.T. 21ª. Depósitos en entidades de crédito para la inversión en el inicio de una actividad económica.

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(NOTA: Con efectos a partir del 1 de enero de 2015)

1. Los contribuyentes que con anterioridad a 1 de enero de 2014 hubieran depositado cantidades en cuentas de entidades de crédito destinadas a la realización de los gastos e inversiones necesarios para el inicio de una actividad económica, según lo establecido en la disposición adicional vigesimoprimera de la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que en dicha fecha no hubiera transcurrido el plazo de 3 años desde la apertura de la cuenta, podrán seguir aplicando dicha deducción en los términos previstos en el citado precepto, en la redacción que resultó de aplicación a 31 de diciembre de 2013.

2. No formará parte de la base de la deducción regulada en el artículo 89 bis de esta Norma Foral el importe de las acciones o participaciones adquiridas con el saldo de cuentas ahorro-empresa que se regulaban en la disposición adicional vigesimoprimera de la Norma Foral 10/2006, en la medida en que dicho saldo hubiera sido objeto de deducción.