Dt 24 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-
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»D.T. 24ª.- Establecimientos permanentes que no cierren ciclo mercantil.
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Hasta tanto sea fijado el porcentaje a que se refiere la letra b) del número 3 del artículo 161 se aplicará el 15 por 100.
Modificaciones
- Modificación realizada por LEY FORAL 18/2006, de 27 de diciembre, de modificacion de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2006) en vigor desde 01-01-2007 - Artículo modificado (Articulo historico) por LEY FORAL 22/1997, de 30 de diciembre, por la que se modificanparcialmente los Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas,sobre el Patrimonio, sobre Sociedades y sobre Sucesiones.
(NA de 31-12-1997) en vigor desde 01-01-1998
