Dt 26 Impuesto sobre Sociedades
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D.T. 26ª.-Determinación de la cuota líquida y de la tributación mínima en el supuesto de deducciones por doble imposición interna pendientes de aplicar.

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(NOTA: Disposición con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2017)

Las deducciones para evitar la doble imposición interna regulada en el artículo 59 de la Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades, pendientes de aplicación en los periodos impositivos iniciados a partir del 1 enero de 2017 minorarán:

a) La cuota íntegra, a efectos de determinar la cuota líquida regulada en el artículo 52.2 de esta ley foral,

b) La base liquidable, en la forma establecida en la normativa vigente a 31 de diciembre de 2016, a efectos de determinar la tributación mínima regulada en el artículo 53 de esta ley foral.

Modificaciones