Dt 27 Impuesto sobre Sociedades
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»D.T. 27ª.-Régimen transitorio aplicable a las deducciones correspondientes a proyectos investigación y desarrollo o innovación tecnológica y por participación en su financiación, así como las relativas a producciones cinematográficas y series audiovisuales, iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2019.
Vigente
(NOTA: Disposición con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2019)
Las deducciones correspondientes a proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica, las deducciones por participación en su financiación, así como las relativas a producciones cinematográficas y series audiovisuales, iniciados con anterioridad al 01/01/2019 aplicarán hasta su finalización lo establecido, según proceda, en los artículos 62, 65 y 87 en su redacción vigente en la fecha de inicio de los mencionados proyectos y producciones.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 27ª (se añade)) por LEY FORAL 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2019