Dt 28 TR Ley Impuesto sob...cas -IRPF-

Dt 28 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-

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D.T. 28ª.- Efectos de las renuncias anteriores a 2021, al régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y a los regímenes simplificado y especial de la agricultura ganadería y Pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Las renuncias al régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y a los regímenes simplificado y especial de la agricultura ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, presentadas en el año 2020 y anteriores, mantendrán los efectos establecidos de acuerdo con la normativa vigente a 31 de diciembre de 2020.

La revocación que deba tener efectos para 2021 se podrá presentar hasta el 31 de marzo de 2021.