Dt 29 IRPF Bizkaia

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D.T. 29ª. Deducción para el fomento de la implantación en los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 de un sistema informático que garantice la trazabilidad e inviolabilidad de los registros que documenten entregas de bienes y prestaciones de servicios y que cumpla la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

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1. Los y las contribuyentes de este Impuesto que lleven a cabo actividades económicas, que cumplan la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia a que se refiere el artículo 114 de esta Norma Foral, podrán aplicar la deducción establecida en la disposición transitoria vigesimoquinta de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, en los términos establecidos en la misma, y con las especialidades contenidas en el presente artículo.

2. La deducción a la que se refiere el apartado anterior se aplicará sobre la cuota íntegra de este Impuesto que se corresponda con la parte de base imponible general integrada por los rendimientos de las actividades económicas.

3. A efectos de lo previsto en el apartado 3 del artículo 117 de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, para poder practicar la deducción contemplada en este artículo se precisará que el o la contribuyente opte expresamente por su aplicación al presentar la declaración.

Los y las contribuyentes podrán modificar la opción ejercitada en la declaración del Impuesto en relación con la deducción a que se refiere este artículo una vez finalizado el plazo voluntario de declaración del Impuesto, y siempre que no se haya producido un requerimiento previo de la Administración tributaria.

4. Los límites establecidos en el artículo 88 de esta Norma Foral se aplicará sobre la cuota a la que se refiere dicho precepto una vez aplicada la deducción regulada en esta disposición transitoria. (NOTA: Párrafo con efectos desde 1 de enero de 2024)