Dt 3 Administración local de Madrid
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»D.T. 3ª. Régimen especial de la Villa de Madrid.
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Mientras no se dicte la Ley prevista en el artículo 40 de esta Ley, continúa en vigor el régimen especial de la Villa de Madrid, según la Disposición Adicional sexta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
