Dt 3 para la aplicación d...s del RGSS

Dt 3 para la aplicación de la Ley 24/1972, en materia de prestaciones del RGSS

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D.T. 3ª.

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Los trabajadores que en primero de julio de mil novecientos setenta y dos se encontrasen percibiendo subsidio de espera o asistencia continuarán rigiéndose, a estos efectos, por la legislación vigente con anterioridad a la indicada fecha.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintitrés de junio de mil novecientos setenta y dos.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Trabajo,

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