Dt 3 Caza de Asturias
Ver Indice
»D.T. 3ª.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria segunda, se procederá a la reclasificación de los terrenos cinegéticos sometidos a régimen especial existentes en el Principado de Asturias a la entrada en vigor de esta Ley, de forma que se correspondan con las figuras en ella reguladas, debiendo inscribirse en el registro que se establece en el artículo 8.2

