Dt 3 Conservación del patrimonio natural

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D.T. 3ª.- Régimen de protección del macizo de Itxina.

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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38, se desclasificará como biotopo protegido el macizo de Itxina. Esta desclasificación producirá efectos en el momento en el que se apruebe definitivamente y se publique el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Gorbeia, que ha de incluir un tratamiento singularizado para la protección del macizo de Itxina. Dicho plan deberá precisar la delimitación y zonificación concreta de este macizo dentro del perímetro del parque natural y un régimen de usos permitidos, autorizables y prohibidos que responda a su interés geomorfológico, hidrogeológico, florístico, faunístico y paisajístico.