Dt 3 Contratos públicos -Derogada-
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D.T. 3ª. Interposición de reclamaciones en materia de contratación pública.

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1. Hasta el momento en que entre en funcionamiento el Portal de Contratación de Navarra las reclamaciones podrán presentarse a través de medios convencionales ante la Junta de Contratación Pública.

2. Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral en la que se adapte la contratación a las especificidades de la Administración Local, se habilita a las Entidades Locales de Navarra para que sus licitaciones puedan ser objeto de reclamación siempre que así lo establezcan en el pliego de cláusulas administrativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006