Dt 3 Creación del Consejo de Seguridad Nuclear
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»D.T. 3ª.
Vigente
El Consejo determinará los criterios, según los cuales, en su caso, se produzca la integración en el mismo de funcionarios que actualmente forman parte de la plantilla de la Junta de Energía Nuclear.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-04-1980 en vigor desde 15-05-1980