Dt 3 Creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción
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Dt 3 Creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción

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D.T. 3ª. Medios personales y materiales.

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Para la puesta en marcha de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra velará para que la oficina cuente con los medios personales y materiales necesarios para su funcionamiento, pudiendo facilitar la adscripción de personal en comisión de servicio a dichas plazas.

Dicha adscripción podrá producirse con carácter previo a la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento y de la relación de puestos de trabajo de la Oficina, en cuyo caso el personal adscrito permanecerá durante el tiempo de su duración en situación de servicio activo y le serán garantizadas las retribuciones personales y las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñara en su Administración de origen.

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