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Dt 3 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia

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D.T. 3ª. Ejercicio de las competencias de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia y de la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares

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En tanto no entre en vigor las disposiciones reglamentarias que determinen su composición y régimen de funcionamiento, las competencias atribuidas en esta ley a la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia serán ejercidas por la Comisión Técnica de Medidas de Protección Jurídica del Menor, y las que se atribuyen a la Comisión de Adopción y Alternativas Familiares las ejercerá el Consejo de Adopción de Menores de la Generalitat.