Dt 3 Establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero
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»D.T. 3ª. Solicitudes en tramitación.
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Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera, las solicitudes de clasificación como establecimiento de alojamiento turístico extrahotelero presentadas antes de la entrada en vigor de este Decreto se resolverán conforme a la regulación contenida en la normativa anterior, salvo que el interesado desista de su solicitud y se someta a lo dispuesto en la presente norma reglamentaria.
