Dt 3 Fertilización del suelo y deyecciones ganaderas
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»D.T. 3ª. Adaptación de planes de gestión
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Los planes de gestión de deyecciones ganaderas vigentes en la fecha de entrada en vigor de este decreto siguen siendo válidos si no contravienen las prescripciones aquí establecidas.
En caso contrario, deben adaptarse a las determinaciones de este Decreto en el plazo de 1 año, desde su entrada en vigor, a menos que antes presenten una modificación del plan, que se ajustará a este Decreto.
