Dt 3 Figura del consumidor vulnerable de energía eléctrica
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»D.T. 3ª. Contratos que incluyan cláusulas que limiten el acogimiento del consumidor al PVPC.
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Los contratos actualmente en vigor que incorporen cláusulas que prevean penalizaciones, excluyan o limiten de cualquier otro modo el acogimiento al bono social del consumidor que cumpla los requisitos para ser considerado vulnerable, de acuerdo a lo dispuesto en la disposición final segunda, deberán ser modificados en el plazo de dos meses a contar desde la entrada en vigor del presente real decreto.
