Dt 3 General de Telecomun...-Derogada-

Dt 3 General de Telecomunicaciones 1998 -Derogada-

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Operador inicialmente dominante.

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A los efectos de la prestación del servicio universal y de acuerdo con lo señalado en el artículo 38.1, se entenderá que el operador inicialmente dominante es Telefónica de España, Sociedad Anónima. No obstante, durante el año 2005, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones determinará si, a partir del 1 de enero del año 2006, la citada sociedad conserva o no, en cada ámbito territorial, la consideración de operador dominante.