Dt 3 Juego y apuestas de La Mancha
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»D.T. 3ª. Salones de juego y salas de bingo.
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Los salones de juego y salas de bingo debidamente autorizadas a la entrada en vigor de la presente ley podrán continuar como establecimientos de juegos, ejerciendo su actividad en los mismos términos hasta la modificación o renovación de la autorización en vigor, momento en los que deberá adaptarse a los requisitos establecidos en esta ley y sus normas de desarrollo.
