Dt 3 Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras
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»D.T. 3ª. Régimen transitorio de los procedimientos competencia del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales.
Vigente
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, desde su constitución, será competente para resolver los procedimientos a que se refiere el artículo 59 pendientes de resolución a la fecha de la entrada en vigor de esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-02-2012 en vigor desde 01-03-2012