Dt 3 Modificación de Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales
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»D.T. 3ª. Plazos máximos de pago en los contratos de obra con las Administraciones Públicas.
Vigente
Las empresas constructoras de obra civil que mantengan vivos contratos de obra con las diferentes Administraciones Públicas, con carácter excepcional, y durante dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, podrán acordar con sus proveedoras y/o subcontratistas los siguientes plazos máximos de pago, de conformidad con el siguiente calendario de aplicación:
- 120 días desde la entrada en vigor de la Ley hasta el 31 de diciembre de 2011. - 90 días desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012. - 60 días desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.
Sin que puedan existir pactos entre las partes por encima de dichos plazos y fechas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2010 en vigor desde 07-07-2010