Dt 3 Modificación de Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales
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Dt 3 Modificación de Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales

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D.T. 3ª. Plazos máximos de pago en los contratos de obra con las Administraciones Públicas.

Vigente

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Las empresas constructoras de obra civil que mantengan vivos contratos de obra con las diferentes Administraciones Públicas, con carácter excepcional, y durante dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, podrán acordar con sus proveedoras y/o subcontratistas los siguientes plazos máximos de pago, de conformidad con el siguiente calendario de aplicación:

- 120 días desde la entrada en vigor de la Ley hasta el 31 de diciembre de 2011. - 90 días desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012. - 60 días desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.

Sin que puedan existir pactos entre las partes por encima de dichos plazos y fechas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2010 en vigor desde 07-07-2010