Dt 3 Modificación de la Ley 8/2023, presupuestos 2024 de la Generalitat
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»D.T. 3ª. Del incremento retributivo previsto en el artículo 28.2
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A los efectos de lo previsto en el artículo 28.2 de esta ley, será el Consell, mediante Acuerdo, el órgano competente para autorizar, en su caso, el incremento retributivo previsto en el mismo, que se extenderá, en todo caso, al mismo ámbito subjetivo que el presente decreto ley.
