Dt 3 se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
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»D.T. 3ª. Normas transitorias para las actuaciones inspectoras de supervisión.
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Los procedimientos, iniciados a instancia de parte, para obtener, conservar y renovar los certificados, aprobaciones, autorizaciones, licencias, habilitaciones y, en general, los documentos oficiales que habilitan para el ejercicio de funciones, la realización de actividades y la prestación de servicios aeronáuticos, en tramitación a la entrada en vigor de esta ley continuarán esta conforme a lo previsto en el artículo 20.2, de la Ley 21/2003, de 7 de julio, en la modificación efectuada por esta norma, conservándose los actos y los trámites válidamente efectuados hasta entonces.
