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Dt 3 NORMAFORAL8/2015,de23dediciembre,porlaqueseapruebanlospresupuestosgeneralesdelTerritorioHistóricodeGipuzkoaparaelaño2016.

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D.T. 3ª. Prórroga presupuestaria.

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Durante el período de prórroga del Presupuesto de 2016, si la hubiera, el régimen general de los créditos presupuestarios y de sus modificaciones se regulará por lo establecido en el artículo 78 de la Norma Foral de Régimen Financiero y Presupuestario y por el título III de la presente Norma Foral.

Así mismo, serán de aplicación durante la prórroga presupuestaria los preceptos contenidos en los títulos II, IV, V VII, así como las disposiciones adicionales, disposiciones transitorias y disposiciones finales de esta Norma Foral.