Dt 3 Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras
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Dt 3 Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras

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D.T. 3ª. Adaptación de Estatutos y Reglamentos de las Cajas de Ahorros domiciliadas en Andalucía.

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1. Las Cajas de Ahorros con domicilio social en Andalucía adaptarán sus Estatutos y Reglamentos de procedimiento regulador del sistema de designación de los órganos de gobierno a lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía, en la redacción dada por la presente Ley, en lo que les resulte de aplicación, y los remitirán, en todo caso, para su aprobación a la Consejería de Economía y Hacienda en el plazo máximo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de la misma, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

2. La Consejería de Economía y Hacienda ordenará la adecuación, en todo caso, de aquellos preceptos que no se ajusten a las normas y principios establecidos en la normativa estatal y autonómica procediendo, en su caso, a su aprobación.

Si transcurrido el plazo otorgado para la adecuación ésta no se hubiera producido por cualquier causa imputable a la Caja de Ahorros, la Consejería de Economía y Hacienda procederá a la redacción de la adaptación de los Estatutos y Reglamentos, así como a su posterior aprobación.

Procederá, asimismo, la redacción por la Consejería de Economía y Hacienda de los Estatutos y Reglamentos si, transcurrido el plazo referido en el apartado 1 de la presente disposición, no hubiesen tenido entrada en la Consejería de Economía y Hacienda los Estatutos y Reglamentos adaptados por la propia Caja de Ahorros.

Lo previsto en los párrafos segundo y tercero de este apartado se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran exigirse.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2002 en vigor desde 01-01-2003