Dt 3 Policías
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D.T. 3ª. Pruebas físicas.

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Tiempo de lectura: 4 min

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Se mantendrá el carácter voluntario de la opción sobre la compensación por la realización de pruebas físicas, o bien económica o bien en tiempo a razón de 126 horas por año, pudiendo revertirse dicha opción libremente por parte de cada policía foral cada cuatro años. La opción para pasar de la compensación horaria a económica podrá comunicarse de forma personal por cada policía foral con anterioridad al 1 de septiembre de cada año, en el del vencimiento de la opción cuatrienal realizada en el caso de querer pasar de compensación económica a horaria.

El personal funcionario que opte por la compensación económica de las pruebas físicas será retribuido económicamente mediante un porcentaje del 17 por 100 del sueldo inicial correspondiente al nivel, que se integrará en el complemento del puesto de trabajo.

En todo caso, se establecen dos condiciones para regular esta materia:

-A quienes adquieran la condición de policía foral con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley foral se les aplicará automáticamente la compensación económica prevista en el párrafo anterior, sin posibilidad en ningún caso de disfrutar compensación horaria. Excepcionalmente, no se aplicará esta condición a quienes a la entrada en vigor de la presente ley foral se encuentren en la Escuela de Seguridad y obtengan el nombramiento como policía foral con posterioridad a dicha entrada en vigor.

-Quienes opten por la compensación horaria no podrán acogerse a la posibilidad de reducción de un doceavo de la jornada, recogida en la disposición adicional quinta.

Las pruebas físicas que se realicen serán las mismas que estaban fijadas hasta ahora, manteniéndose en los mismos términos y contenidos, siendo reguladas reglamentariamente. No obstante lo anterior, quienes opten por la compensación económica podrán decidir no realizar las pruebas físicas lo cual implicará que renuncian definitivamente a la posibilidad de volver, dentro del plazo de 4 años fijado, a la compensación horaria; por el contrario quien decida seguir realizando las pruebas físicas aun habiendo optado por la compensación económica mantendrá su derecho a volver a la compensación horaria.

En el último trimestre de cada año se convocarán las pruebas a las que se ha hecho referencia. Asimismo, se habilitará una prueba de incidencias, en el mes de marzo del año siguiente al de la convocatoria principal, para aquellas personas que por causas excepcionales y justificadas, no pudieran realizarlas en los días establecidos inicialmente. El tiempo empleado por los miembros de la Policía Foral de Navarra en la realización de las pruebas físicas será considerado como trabajo efectivo.

Quienes por causa de accidente laboral, enfermedad profesional, embarazo o maternidad no puedan realizar las pruebas físicas generarán el derecho de disfrute de las horas correspondientes, en el caso de haber superado las pruebas físicas en la última convocatoria a la que pudieron presentarse previa al accidente laboral o inicio de la baja por enfermedad profesional, por embarazo o maternidad.

Las personas que se encuentren en situación de servicios especiales, con excepción de quienes se encuentren asistiendo a un curso de formación para el ascenso en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, no tendrán que realizar las pruebas físicas mientras permanezcan en dicha situación. En caso de producirse su reincorporación al servicio activo, disfrutarán de la correspondiente compensación en las mismas condiciones que antes de pasar a la situación de servicios especiales.

Los demás aspectos relacionados con las pruebas físicas deberán regularse reglamentariamente.

Aquellas Policías dependientes de entidades locales que cuenten con compensación por superación de pruebas físicas las mantendrán en las mismas condiciones en las que lo vengan haciendo hasta la entrada en vigor de esta ley foral, sin perjuicio de que pudieran ser modificadas tras la correspondiente negociación colectiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2018 en vigor desde 21-11-2018