Dt 3 Prevención y control ambiental de las actividades
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»D.T. 3ª. Régimen jurídico transitorio de las entidades colaboradoras de la Administración ambiental
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Mientras no se apruebe la regulación general de las entidades colaboradoras de la Administración establecida por la presente ley, es de aplicación el Decreto 170/1999, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento provisional regulador de los entes ambientales de control.
