Dt 3 Promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia
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»D.T. 3ª. Incorporación registral.
Vigente
En el mismo plazo deberán incorporarse a los registros establecidos en esta Ley Foral los hechos y situaciones que resulten inscribibles conforme a la misma, debidamente revisados y actualizados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-12-2005 en vigor desde 03-01-2006