Dt 3 Reglamento asturiano de Policía Sanitaria Mortuoria
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.
Vigente
Las empresas funerarias que se encuentren funcionando a la entrada en vigor del presente Reglamento deberán comunicar a la Dirección Regional de Salud Pública los siguientes datos, en el plazo de tres meses:
Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Domicilio y localización de las instalaciones de la empresa, de donantes de órganos u otras piezas anatómicas y en los indicando los servicios que se prestan en cada una.
Licencia municipal.
Persona responsable de la Dirección y plantilla detallada por categorías profesionales.
Número y matrícula de los vehículos o furgones destinados al transporte funerario.

