Dt 3 Reglamento de vivien...da y suelo

Dt 3 Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de patrimonio público de vivienda y suelo

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D.T. 3ª. Contratos de arrendamiento o cesión de uso vigentes a la entrada en vigor de este Reglamento

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A partir de la entrada en vigor de este decreto en los contratos de arrendamiento o cesión de uso vigentes de viviendas del patrimonio de la Generalitat, se entenderá adjudicataria la unidad de convivencia residente en la vivienda a los efectos de tramitación de cambios de titularidad del capítulo 5 del Título Sexto del presente Reglamento. La acreditación de la residencia deberá realizarse mediante certificado de empadronamiento colectivo en la vivienda durante al menos los 2 años anteriores a la solicitud del cambio de titular.