Dt 3 Reglamentos 1/1995, 2/1995, 3/1995, 4/1995 y 5/1995, de la Carrera Judicial, de la Escuela Judicial, de los Jueces de Paz, de los Órganos de Gobierno de Tribunales y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales
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»D.T. 3ª. Magistrados suplentes y Jueces sustitutos.
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De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, los Magistrados suplentes y Jueces sustitutos nombrados para el año judicial 1994/1995 que a la entrada en vigor de aquélla estuvieran prestando servicios en Juzgados y Tribunales, permanecerán en dicha situación aunque hubieran cumplido la edad de setenta y dos años hasta que finalice el período por el que fueron nombrados, lo que tendrá lugar el 31 de agosto de 1995.
