Dt 3 Se regula la tarjeta... concesión

Dt 3 Se regula la tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con discapacidad que presentan movilidad reducida y se establecen las condiciones para su concesión

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D.T. 3ª. Derechos de las personas titulares y limitaciones de uso

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Los municipios en los que se viniera aplicando, con arreglo a la correspondiente ordenanza, tarifas por el estacionamiento en plazas de aparcamiento de tiempo limitado sin eximir a los titulares de las tarjetas de estacionamiento, podrán mantener este régimen para dicho supuesto, siempre que acrediten el cumplimiento de la obligación de garantizar el número mínimo de plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida, prevista en la normativa que sea de aplicación. Cuarta. Registro autonómico de tarjetas de estacionamiento

La persona titular de la conselleria con competencias en materia de diversitdad funcional aprobará la orden que regule el registro autonómico de tarjetas de estacionamiento para vehículos que transportan personas con discapacidad que presentan problemas de movilidad, para su puesta en funcionamiento, en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de este decreto.