Dt 3 Reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.
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Mientras las Cortes Generales o el Parlamento de Navarra no aprueben las disposiciones a las que se refiere la presente Ley Orgánica, continuarán en vigor las Leyes y disposiciones del Estado que regulen las materias que deban ser objeto de aquéllas, sin perjuicio de las facultades y competencias que corresponden a Navarra.
