Dt 3 Renta de inclusión
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D.T. 3ª

Vigente

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Durante el primer año de vigencia de esta ley, la conselleria competente en materia de renta de inclusión habilitará y coordinará con los ayuntamientos los recursos necesarios para la tramitación y estudio de las solicitudes presentadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-2017 en vigor desde 22-04-2018