Dt 3 Solución de los litigios deportivos

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D.T. 3ª. Procedimientos en curso.

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Los procedimientos sancionadores y disciplinarios incoados antes de la entrada en vigor del presente decreto continuarán tramitándose de conformidad con lo establecido en el Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, de Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo y por lo contemplado en el Reglamento de Régimen Interior del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva.

Asimismo, los demás procedimientos que estuvieran tramitándose antes de la entrada en vigor del presente decreto y que ahora resultan de la competencia del Tribunal, continuarán tramitándose por el procedimiento y por el órgano competente según la normativa aplicable al momento anterior a la entrada en vigor de este decreto.