Dt 3 TR de la Ley Foral d...s Agrarias

Dt 3 TR. de la Ley Foral del Registro de Explotaciones Agrarias

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D.T. 3ª.

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Las nuevas condiciones exigidas en el artículo 3 de esta Ley Foral, para ser agricultor a título principal y joven agricultor serán de aplicación a todas las nuevas solicitudes de ayudas que se presenten a partir del 18 de diciembre de 2001, en cuya normativa reguladora se exija o se haya exigido la calidad de agricultor a título principal o de joven agricultor para ser beneficiario.