Dt 3 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales
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»D.T. 3ª. Régimen transitorio de expedientes sancionadores y de legalización.
Vigente
A los expedientes sancionadores y los expedientes de legalización en trámite en el momento de entrar en vigor la Ley 9/1999, de Ordenación del Territorio de Canarias, les seguirá siendo de aplicación, hasta su resolución definitiva, la misma normativa a cuyo amparo se hubiera producido la incoación, sin perjuicio de otorgar a los expedientes sancionadores el principio de retroactividad de la norma más favorable al sancionado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-05-2000 en vigor desde 15-05-2000