Dt 3 Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de ...iones de gas natural
Dt 3 Transporte, distribu...as natural

Dt 3 Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 3ª. Actividad de comercialización.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las empresas comercializadoras que de forma provisional hayan sido autorizadas e inscritas en la Sección Segunda del Registro de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, del Ministerio de Economía, dispondrán de un plazo de seis meses para presentar la solicitud de autorización de su actividad y de inscripción definitiva en el Registro.

Para ello, deberán presentar la documentación establecida en el artículo 16 del presente Real Decreto.

Transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya presentado la solicitud, la autorización provisional quedará sin efectos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003