Dt 3 Turismo de Andalucía
Ver Indice
»D.T. 3ª. Viviendas turísticas de alojamiento rural.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los titulares de viviendas turísticas de alojamiento rural anotadas en el Registro de Turismo de Andalucía dispondrán de 18 meses desde la entrada en vigor de la presente Ley para presentar declaración responsable para su inscripción como casa rural, debiendo optar por la categoría básica o superior.
