Dt 3 Turismo de C La Mancha

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D.T. 3ª. Régimen transitorio de las empresas de intermediación turística.

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En tanto no se desarrolle reglamentariamente lo dispuesto en la presente ley, será de aplicación a las empresas de intermediación turística la normativa reglamentaria vigente, en lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente ley.

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