Dt 32 TR Ley Impuesto sob...cas -IRPF-

D.T. 32ª.- Plazo extraordinario de renuncia a la estimación directa especial para 2025.

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D.T. 32ª.- Plazo extraordinario de renuncia a la estimación directa especial para 2025.

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Los sujetos pasivos que ejerzan actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras cuyo importe neto de la cifra de negocios en 2024 hubiese sido superior a 300.000 euros, pero no hubiese superado 350.000 euros, podrán renunciar, con los efectos establecidos reglamentariamente, a aplicar la estimación directa especial para 2025, durante el mes de enero de 2025.

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