Dt 33 Impuesto sobre Sociedades de Gipuzkoa
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»D.T. 33ª. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero.
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Los elementos patrimoniales respecto de los cuales se haya obtenido la correspondiente autorización administrativa en virtud de lo establecido en el apartado 10 del artículo 116 de esta Norma Foral en un período impositivo iniciado antes de 1 de enero de 2013, se regirán, a efectos de la aplicación de lo dispuesto en el referido artículo, por la normativa vigente a 31 de diciembre de 2012.
Modificaciones
- Artículo modificado por NORMA FORAL 5/2013, de 17 de julio, de medidas de lucha contra el fraude fiscal, de asistencia mutua para el cobro de créditos y de otras modificaciones tributarias.
(SS de 22-07-2013) en vigor desde 01-01-2013
