Dt 33 TR Ley Impuesto sob...cas -IRPF-

D.T. 33ª.- Plazo extraordinario de renuncia a la estimación directa especial para 2026.

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D.T. 33ª.- Plazo extraordinario de renuncia a la estimación directa especial para 2026.

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Los sujetos pasivos que ejerzan actividades empresariales a las que resulte de aplicación el régimen especial del recargo de equivalencia o el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuyo importe neto de la cifra de negocios en 2025 hubiese sido superior a 200.000 euros, pero no hubiese superado los 250.000 euros, podrán renunciar, con los efectos establecidos reglamentariamente, a aplicar la estimación directa especial para 2026 durante el mes de enero de 2026.

(NOTA: Disposición con efectos a partir de 1 de enero de 2026)

Modificaciones