D.T. 34ª. Deducciones por la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica y por la participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales anteriores a 1 de ener
Ver Indice
»D.T. 34ª. Deducciones por la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica y por la participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales anteriores a 1 de enero de 2024.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las deducciones por la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica y por la participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales pendientes de aplicación al comienzo del primer periodo impositivo que se inicie a partir del 1 de enero de 2024, se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2023.
(NOTA: Disposición con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2024)
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 34ª (se añade)) por NORMA FORAL 2/2025, de 9 de abril, por la que se aprueban medidas para la revisión fiscal del sistema tributario del Territorio Histórico de Bizkaia.
(BI de 22-04-2025) en vigor desde 23-04-2025
