Dt 38 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-
Ver Indice
»D.T. 38ª. Deterioro de instrumentos de deuda de los fondos de titulización.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En tanto no se establezcan reglamentariamente las normas relativas a la deducibilidad de las correcciones valorativas por deterioro de valor de los instrumentos de deuda valorados por su coste amortizado que posean los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos a que se refieren las subletras e´) y f´), respectivamente, del artículo 11.1.b), se aplicarán los criterios establecidos para las entidades de crédito sobre la deducibilidad de la cobertura específica del riesgo de insolvencia del cliente.
Modificaciones
- Artículo modificado (Articulo historico) por LEY FORAL 23/2010, de 28 de diciembre, de modificaciónde diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2010) en vigor desde 01-01-2011
